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La nueva doctrina nuclear de la Federación Rusa

De Kabu Sordo Arias


El pasado 19 de noviembre se emitió el Decreto del Presidente de la Federación de Rusia N° 991 “Sobre la Aprobación de las Políticas Estatales Esenciales de la Federación Rusa en el Ámbito de la Disuasión Nuclear” (en adelante, el Decreto N° 991), En términos generales, Putin ya había comunicado en septiembre la necesidad de un cambio en la doctrina nuclear en un consejo de seguridad de la Federación Rusa (Chernenko, 2024), sin embargo, según el Portavoz del Presidente, Peskov, la emisión del Decreto N° 991 obedece a que “los funcionarios del gobierno de Estados Unidos decidieran utilizar sus armas, armas de fabricación estadounidense, contra la Federación Rusa” (TASS, 2024), a la luz del reciente ataque con seis misiles ATACMS a una instalación militar en la región de Bryansk ese mismo dia.

Los decretos presidenciales en el marco constitucional ruso son, como su nombre lo indica, emitidos por el presidente. A su vez, de acuerdo con la Constitución de la Federación Rusa de 1993 (en adelante, la Constitución) estos pueden versar sobre cualquier materia y son de ejecución obligatoria a lo largo de todo el territorio nacional, siempre y cuando no contradigan ni la Constitución ni una ley federal. En este caso, Putin ha ejercido dichas potestades como responsable de tomar medidas para proteger la soberanía, la independencia y la integridad del Estado de acuerdo con el artículo 80 de su Constitución y, como tal, el Decreto N° 991 establece una nueva doctrina nuclear rusa en la que constan una serie de definiciones oficiales, los principios oficiales de la disuasión nuclear y las condiciones para la transición de la Federación de Rusia al uso de armas nucleares (Sección I, Disposiciones Generales).

El Decreto N° 991 derogó a su antecesor del 21 de junio del 2020 y, en términos generales, dejó intactas varias disposiciones de este último. Sin embargo, la letra pequeña importa, por lo que se observan algunas modificaciones particulares:

Esta nueva doctrina nuclear, denominada por el Decreto N° 991 como “La política estatal de la Federación de Rusia en el campo de la disuasión nuclear”, es entendida por Rusia como “un conjunto de coordinaciones políticas, militares, técnico-militares, diplomáticas, económicas e informativas, entre otras, unidas por un plan común con el apoyo de las fuerzas y medios de disuasión nuclear con tal de prevenir la agresión contra la Federación Rusa y (o) sus aliados” (articulo 3). Asimismo, establece como uno de sus fines “impedir el escalamiento de hostilidades y su cese en términos aceptables para la Federación Rusa y (o) sus aliados en caso de un conflicto militar” (artículo 4).

Por ende, un elemento a resaltar a lo largo de toda la nueva doctrina nuclear rusa es la extensión de ésta a sus “aliados”, cuestión que tradicionalmente habria sido un signo distintivo con la doctrina nuclear estadounidense, la cual si permitia el uso de armas nucleares en estos casos, ofreciendo un estándar más bajo para el uso de armas nucleares. A la fecha, Rusia habría recibido un contingente de apoyo considerable de la Republica Popular Democratica de Corea y ha firmado un pacto de defensa mutua con esta última en junio del presente año, de manera similar, Bielorusia ha autorizado a Rusia lanzar ataques desde su territorio. Sin embargo, el Decreto N° 991 no contiene una definición de lo que es “aliado”. No obstante, recordemos, Rusia formalmente inicia la “operación militar especial” a partir del reconocimiento de la República Popular de Lugansk y la República Popular de Donetsk como Estados y de la firma con estas dos repúblicas de un pacto de defensa mutua, por lo cual Rusia argumentó en un principio estar ejerciendo la legítima defensa colectiva.

Por otro lado, tradicionalmente Rusia solo podía ejercer la disuasión militar contra Estados individuales y coaliciones militares que considerasen a Rusia como un adversario potencial y que al mismo tiempo tuviesen armas nucleares u otras armas de destrucción masiva, por ejemplo, este era el caso de la OTAN. Esta redacción se ha mantenido, sin embargo, se ha hecho una particular adición: la nueva doctrina “también se ejercerá en relación a los Estados que proporcionan territorio, espacio aéreo y (o) marítimo, y recursos para la preparación y ejecución de una agresión contra la Federación Rusa” (articulo 9). Ucrania encajaría en esta nueva categoría.

Uno de los elementos que más llaman la atención es que el Decreto N° 991 establece un listado específico de “situaciones peligrosas” que podrían convertirse en una “amenaza de agresión” que requiera de la disuasión nuclear, tradicionalmente estas eran seis y estaban centradas en el despliegue de armas nucleares en territorios adyacentes a Rusia o la proliferación descontrolada de armas nucleares, situaciones muy propias de la guerra fría. Sin embargo, las cuatro nuevas situaciones marcan una nueva historia:

La creación de nuevas coaliciones militares o la ampliación de las existentes, que conduzcan al acercamiento de su infraestructura militar a las fronteras de la Federación Rusa;

Las acciones de un enemigo potencial destinadas a aislar parte del territorio de la Federación Rusa, incluido el bloqueo del acceso a comunicaciones de transporte vitales;

Las acciones de un enemigo potencial destinadas a derrotar (destruir) objetos ambientalmente peligrosos de la Federación Rusa que pueden provocar desastres provocados por el hombre, ambientales o sociales;

El planificar y realizar ejercicios militares a gran escala cerca de las fronteras de la Federación Rusa por parte de un enemigo potencial.

Asimismo, Rusia tenía tradicionalmente solo 4 escenarios en los que podría transicionar efectivamente al uso de armas nucleares, estos básicamente se dirigian a la identificación de un ataque nuclear por parte de otro Estado. Sin embargo, por medio del Decreto N° 991 se ha modificado uno de estos escenarios y se ha añadido uno nuevo: además de recurrir al uso de armas nucleares el cuándo “el enemigo utiliza armas nucleares u otros tipos de armas de destrucción masiva en los territorios de la Federación Rusa y (o) sus aliados”, Rusia hará uso de estas cuando armas de destrucción masiva sean utilizadas en “formaciones militares y (o) instalaciones de la Federación Rusa ubicadas fuera de su territorio” (artículo 19, inciso B). Por otro lado, ahora Rusia pasaría a la utilización de armas nucleares cuando “se reciba información fiable sobre un lanzamiento (despegue) masivo de armas de ataque aeroespaciales (aviones estratégicos y tácticos, misiles de crucero, aviones no tripulados, hipersónicos u otros) y su paso por el territorio del Estado”, cabe mencionar que estas no son necesariamente armas nucleares o de destrucción masiva.

Finalmente, un detalle esta en que Rusia ya no hará más referencia a las armas nucleares como “exclusivamente” un medio de disuasión, eliminando dicho término. Sin embargo, tanto el documento antiguo como el actual Decreto N° 991 establecen que “la política estatal en el campo de la disuasión nuclear es de naturaleza defensiva” (artículo 4).



Referencias:

Chernenko, E. (26 de septiembre del 2024). Указом на ATACMS. Газета «Коммерсантъ». Коммерсантъ. (La traducción es propia).
https://www.kommersant.ru/doc/7183413

Teslova, E. (19 de noviembre del 2024) Russia's nuclear doctrine: Key threats and decision-making criteria. Anadolu Ajansı.(La traducción es propia).
https://www.aa.com.tr/en/russia-ukraine-war/explainer-russias-nuclear-doctrine-key-threats-and-decision-making-criteria/3398011

Указ Президента Российской Федерации от 19 ноября 2024 г. N 991 "ОБ утверждении основ государственной политики Российской Федерации в области ядерного сдерживания. (n.d.). Гарант. (La traducción es propia).
https://www.garant.ru/hotlaw/federal/1768330/

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